SENTENCIA C-274/16

SENTENCIA C-274/16

NORMA DEL CODIGO DEONTOLOGICO DE LA PROFESION DE ENFERMERIA-Exclusión del ordenamiento que preveía la posibilidad de disposiciones legales y reglamentarias que permitieran tratamientos que atenten contra los derechos a la vida, la dignidad y los derechos humanos de los pacientes.

NORMA DEL CODIGO DEONTOLOGICO DE LA PROFESION DE ENFERMERIA-Atribución del profesional de enfermería de Ejercer su derecho de objeción de conciencia/OBJECION DE CONCIENCIA POR PROFESIONAL DE ENFERMERIA-Ejercicio conforme a los lineamientos constitucionales establecidos en la jurisprudencia constitucional.
DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Requisitos mínimos.

ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DE DERECHO-Dignidad, vida e integridad como pilares fundamentales.

PROTECCION CONSTITUCIONAL A LA INTEGRIDAD FISICA Y MORAL DE LA PERSONA-Genera claras obligaciones para el Estado y los particulares.

EJERCICIO DE LA PROFESION DE ENFERMERIA Responsabilidad deontológica y respeto de los derechos humanos

DEONTOLOGIA-Definición

La Deontología, en el campo de las profesiones, ha sido considerada como una disciplina que opera “como puente entre lo ético y lo jurídico, en sentido estricto puede considerarse a ésta como el conjunto de normas de menor grado de positivación, que no están regidas por sanción estatal, pero que sin ser netamente jurídicas sí que implican disposiciones disciplinarias, dado que emanan de un órgano de control profesional (o de autocontrol de la profesión), es decir, de la organización colegial específica de cualquiera de las profesiones existentes. Cabe decir, por tanto, que la deontología es una ética de mínimos, pues constituye los deberes mínimamente exigibles a cualquier profesional.

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