LEY 1446 DE 2011
(Mayo 26)
Por la cual se introducen algunas modificaciones a los artículos 42.18. y 43.1.8 de la Ley 715 de 2001
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
- Artículo 1°. El artículo 42.18 de la Ley 715 de 2001 quedará así:
- Artículo 42.18. Reglamentar el uso de los recursos destinados por las entidades territoriales para financiar los Tribunales Seccionales de
- Ética Médica y Odontológica y los Tribunales Departamentales y Distritales Éticos de Enfermería….